Delitos contra el patrimonio

Abogado especialista en estafas y delitos contra el patrimonio

En nuestra condición de especialistas en derecho penal, asumimos la defensa de nuestros clientes en materia de delitos económicos y contra el patrimonio. Ponemos a disposición nuestra dilatada trayectoria en la resolución de casos de esta índole.  

AM Abogados, Despacho de abogados especialistas en estafas.

Abogados especialistas en delitos de estafas

En AM Abogados contamos con un despacho de abogados formado por un equipo especializado que te dará apoyo con la máxima profesionalidad y confidencialidad, acompañándote en todo el proceso y dándote protección y la mejor solución legal a tu problema.

Contamos también con excelentes profesionales, peritos económicos, para reforzar la defensa de los intereses de nuestros clientes, que también son los nuestros.

Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico: ¿Que son? 

Delitos que pueden considerarse delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico son los siguientes.

Hurtos

El hurto consiste en apropiarse de un bien ajeno con ánimo de lucro sin el uso de intimidación, violencia y consentimiento del dueño. Este delito se estipula en los artículos 234 a 236 del Código Penal.

Puede ser clasificado en diferentes modalidades según el valor sustraído:

  • Modalidad de hurto leve: El valor no supera los 400 euros por lo que puede conllevar a penas de 1 a 3 meses de multa.
  • Modalidad de tipo básico: Cuando el valor del hurto supera los 400 euros y cuya pena de prisión puede ser de entre 6 a 18 meses.
  • Modalidad agravada: Según el artículo 235, son considerados hurtos graves aquellos que hayan puesto a la víctima o a sus familiares en situaciones económicas graves, se haya abusado de las circunstancias personales como la situación de desamparo, que haya supuesto un peligro general para la comunidad. La pena de prisión puede ser entre 1 a 3 años. El conductor en el control de alcoholemia se niega a realizar la prueba.

Robos

A diferencia del hurto, los robos implican apropiarse de un bien ajeno mediante el uso de amenazas, fuerza y violencia. Este delito se regula en los artículos 237 a 242 del Código Penal. Las modalidades de este tipo de delito son las siguientes:

  • Robo con violencia e intimidación: Implica la intimidación de las personas para conseguir el propósito. La pena de prisión puede estar entre los 2 y 5 años.
  • Robo con fuerza en las cosas: Robos que implican escalamiento, es decir, romper el techo, el suelo, la pared, la ventana, etc. Así como el uso de sistemas específicos de alarma o llaves falsas. La pena puede alcanzar entre 1 y 3 años. 

Extorsión

Se habla de un delito de extorsión en los casos que los delincuentes usan la intimidación o violencia para obligar a las personas a realizar una acción u omitir un negocio jurídico en perjuicio de su patrimonio (o el de un tercero). Se regula en el artículo 243 del Código Penal y la pena de prisión puede alcanzar entre 1 y 5 años.

Usurpación

Se trata de ocupar, sin autorización, un inmueble, edificios ajenos o viviendas o se mantuviera en estos inmuebles contra la voluntad del titular.

Delito en el que se encuadra la ocupación de tu vivienda, inmueble o edificio, sin tu autorización. Incluye también si una persona se mantuviese en la vivienda sin la autorización del familiar. En AM Abogados solicitamos desde el primer momento la medida cautelar de desalojo. La multa puede ser de 3 a 6 meses.

Defraudaciones

Cometen defraudación aquellas personas que con ánimo de lucro, engañen a otras mediante la persuasión, induciéndolos a realizar un acto que pueda perjudicar a su propia persona o la de un tercero. Puede incluir delitos de estafa, venta de cosa de un tercero, ocultación de gravámenes, simulación de contrato, administración desleal, apropiación indebida, alzamiento de bienes, entre otros.

Además, cabe mencionar que con la llegada de las nuevas tecnologías este concepto también abarca la manipulación informática o artificio semejante para obtener una transferencia no consentida, fabricar, poseer u ofrecer programas informáticos cuyo propósito sea estafar y el uso de tarjetas de crédito y débito para realizar operaciones en perjuicio del titular o el de un tercero.

Preguntas frecuentes

Aquel cuyo propósito sea menoscabar los derechos o el activo de bienes de particulares, instituciones públicas y personas jurídicas, para obtener beneficio monetario ya sea para su propio beneficio o para el beneficio de terceros. 

Para establecer una pena se toman en cuenta el importe de la estafa, la relación existente entre el estafador y su víctima, los medios usados para realizar la estafa, el menoscabo económico de la víctima, entre otras circunstancias.

Se considera una estafa agravada aquellas que superen los 50.000 euros. Lo cual puede suponer una pena de prisión de entre 4 y 8 años y una multa de 12 a 24 meses. 

La prescripción de este delito varía en función de los años de prisión correspondientes al delito que se haya cometido. En un delito de estafa corresponde a una prescripción a los 5 años. Sin embargo, si se trata de estafas agravadas y la pena es superior a los 5 años, la prescripción del delito será a los 10 años.

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