Derecho penitenciario

Derecho penitenciario

Nuestro equipo, especializado en derecho y ejecución penal, cuenta con una vasta trayectoria en derecho penitenciario. Ofrecemos la mejor defensa en lo relativo a todas las consecuencias jurídicas del delito, desde penas privativas de libertad a medidas de seguridad, penas pecuniarias y penas imponibles a personas jurídicas.

Nos fijamos como objetivo procurar la más pronta salida del centro penitenciario, y, en todo caso, dignificar el cumplimiento de la pena.

Abogados especialistas en derecho penitenciario

Régimen penitenciario. Abogados especialistas.

El régimen penitenciario está regulado por la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) 1/1979, de 26 de septiembre. Es un conjunto de derechos procesales y un conjunto de normas que regulan la organización, funcionamiento y tratamiento de penados o presos que se encuentran en los centros penitenciarios del país

El régimen penitenciario tiene como objetivos principales la reinserción social de dichos presos, así como su reeducación y la prevención de su reincidencia delictiva. Para alcanzar estos fines, se promueven diferentes medidas y programas dentro de las prisiones, dirigidos a la rehabilitación y capacitación de los internos.

Ante todo, AM Abogados defendemos la resocialización, reeducación y reinserción de los presos. No dejando de lado al penado de la sociedad, sino fomentando que forme parte de la misma. Contamos con un despacho de abogados penalistas con una amplia red de profesionales que se encargan de defender los derechos de los presos y ofrecer una adecuada asistencia jurídica. Nuestros abogados con dilatada experiencia se reunirán periódicamente en el centro penitenciario con el cliente para velar por sus intereses.

Derechos de presos

Los presos o penados que se encuentran ingresados en prisiones en el territorio español, tienen los siguientes derechos fundamentales en instituciones penitenciarias:

  • Preservar su dignidad e intimidad.
  • La Administración
  • Penitenciaria debe velar por su salud, integridad y vida.
  • Recibir el tratamiento penitenciario adecuado.
  • Recibir las ayudas públicas que le corresponden.
  • Poder relacionarse con el exterior bajo las condiciones requeridas.
  • Poder participar en las actividades de resocialización ofrecidas por el centro penitenciario.
  • Ejercer sus derechos económicos, políticos, sociales, culturales y civiles siempre y cuando no sean compatibles con la causa que hayan provocado su estancia en un centro penitenciario.
  • Obtener los beneficios penitenciarios que le correspondan.
  • Obtener información actualizada y personal de su situación penitenciaria y procesal.
  • Emitir quejas o peticiones a las autoridades competentes.
  • Realizar un trabajo pagado dentro de las posibilidades que tenga la Administración Penitenciaria.

Grados penitenciarios

Existe una clasificación de presos basados en grados penitenciarios. Los presos pueden ir cambiando de grado según su evolución durante el tiempo de condena. Esto les permite la individualización de su tratamiento, asignándoles el régimen penitenciario más adecuado para poder ejercer este tratamiento. Dicho esto los grados penitenciarios se clasifican de la siguiente manera:

  • Primer Grado. Los controles y medidas en este grado son las más restrictivas porque los presos presentan un mayor peligro para la seguridad dentro del centro y presentan un mayor riesgo de fuga. Por esta razón este grado también se lo conoce también como régimen cerrado.
  • Segundo Grado. También llamado régimen ordinario, es menos restrictivo que el primer grado, aquí los presos pueden participar en actividades de formación y trabajo dentro de prisión. Es posible también obtener permisos de salida o permisos de salidas programadas en base a su conducta y progreso en programas de reinserción.
  • Tercer Grado. Conocido también como régimen abierto. Los internos en tercer grado tienen un alto nivel de confianza y se encuentran en la fase final de su proceso de reinserción. Es por esto que pueden disfrutar de permisos penitenciarios, lo que les permite salir de la prisión durante ciertos períodos de tiempo para realizar actividades específicas como trabajar, estudiar o participar en programas de reintegración.

Cabe mencionar que los avances o regresión en el grado penitenciario dependen del comportamiento del preso y su progreso en programas de reinserción. Además, el régimen penitenciario que ofrezca el grado en el que esté el preso es considerado un derecho. Es decir, no se podrá aplicar nunca un régimen menos favorable o demasiado restrictivo al régimen penitenciario que le corresponde.

Derecho penitenciario: Preguntas frecuentes

El preso tiene el derecho de progresar de grado cuando su evolución en el tratamiento sea considerado por las autoridades como merecedora de esta progresión. Esto implica que dependerá de la conducta global del interno, cuanto más confianza deposite en el centro, mayor atribución de responsabilidades y por ende, mayor margen de libertad y de progresión. sometidos a la influencia de bebidas alcohólicas.

Sí, así como las progresiones, las regresiones también están basadas en su pronóstico de integración social y conducta del interno. Si el preso tiene una evolución negativa se considerará la regresión de su grado.

Para poder solicitar la libertad condicional en España, deben cumplirse ciertos requisitos y plazos establecidos por la legislación penal. Estos requisitos varían según el tipo de delito cometido y la duración de la condena. No obstante, solicitar una libertad condicional se puede dar cuando se cumplen los siguientes requisitos generales:

  • Que tenga una buena conducta.
  • Se encuentra clasificado en tercer grado.
  • Cuando ya haya cumplido tres cuartas partes de su pena.
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